Una BG (Bank Guarantee /Garantía Bancaria) es un instrumento financiero emitido por un banco que garantiza el cumplimiento de una obligación económica de su cliente frente a un tercero, de ahí su denominación de Garantía de Cumplimiento.
Por lo tanto, se entiende como un compromiso irrevocable de un banco de pagar a un beneficiario una suma determinada si el cliente del banco (ordenante) incumple un contrato, de manera que se concibe como una herramienta que mitiga el riesgo: una garantía de pago.
En palabras de la calle: una fianza que pone el banco que va a pagar, sin cuestionar, en caso de incumplimiento del cliente.
También se entiende como un instrumento de ahorro que un inversor compra por un importe inferior al nominal y que cobrará del Banco emisor, al vencimiento, (generalmente a un año) obteniendo el beneficio entre el precio de compra y precio nominal.
1.Partes que intervienen:
Ordenante (Applicant):
- Cliente que solicita la garantía.
- Aporta colateral (un activo tangible o intagible).
- Paga comisiones, gastos de estudio o el precio pactado (en caso de inversión).
Banco emisor (Issuing Bank):
- Evalúa riesgo.
- Emite la BG.
- Asume obligación de pago.
Beneficiario (Beneficiary):
- Recibe la garantía.
- Puede ejecutarla si hay incumplimiento.
Banco corresponsal (si aplica)
- Notifica o confirma la garantía en comercio internacional.
2.Protocolo para materializar o rentabilizar una BG en un banco:
Una BG sigue el formato estándar de la Cámara de Comercio Internacional (CCI/ICC), generalmente usando las URDG 758 (Uniform Rules for Demand Guarantees).
Aquí hay que diferenciar dos cosas:
2.1. Emitir una BG (proceso normal):
- Solicitud del cliente (ordenante) al banco.
- Análisis de riesgo y solvencia.
- El banco exige:
- Colateral (cash, activos, líneas de crédito…)
- Estados financieros.
- Se determina importe y divisa: El valor máximo a pagar.
- Se marca fecha de Vencimiento/Caducidad: Cuándo deja de tener validez.
- Se establecen documentos de Reclamación: Requisitos para cobrar (ej. una declaración firmada de incumplimiento o, si es una inversión, su presentación al cobro).
- Firma de contrato de contragarantía.
- Emisión de la BG a favor del beneficiario.
- Notificación vía banco corresponsal si es internacional (usando SWIFT).
- El banco bloquea fondos o asigna línea de riesgo.
2.2. “Monetizar” una BG:
Monetizar una BG significa convertir la garantía en efectivo (liquidez) antes de su vencimiento:
- Emisión: El banco emisor emite la BG (normalmente vía SWIFT MT760) a favor de un tercero, a menudo un “monetizador”, fondo especializado o bien del beneficiario/inversor.
- Verificación y Aceptación: El receptor verifica la autenticidad del SWIFT y acepta la BG.
- Contrato de Monetización: Se firma un acuerdo sin recurso (no se puede ir contra el beneficiario en caso de impago) o con recurso (el dinero prestado, además de estar garantizado, puede ser solicitado al beneficiario jurídicamente, si hay incumplimiento al vencimiento).
- Transferencia de Fondos: El monetizador deposita el valor descontado (porcentaje del valor nominal) en la cuenta del titular.
Aquí hay que ser extremadamente cauteloso.
En la práctica bancaria tradicional:
- Una BG no se descuenta ni se monetiza como una carta de crédito (LC).
- Solo se ejecuta en caso de incumplimiento.
En mercados financieros estructurados:
- Algunos operadores intentan usar BGs como colateral para financiación.
- Esto solo es posible si:
- Es emitida por un banco de primera línea.
- Es transferible.
- Está estructurada adecuadamente.
Y hay que tener mucho cuidado ya que muchas ofertas de “monetización de BG” son fraudulentas.
3.Costes habituales:
Los costes dependen del banco y del riesgo, pero suelen incluir:
Comisión de emisión:
- Entre 0.5% y 3% anual sobre el valor nominal o el monto garantizado.
Comisión de estudio:
- Pago único por análisis de riesgo.
Comisión de emisión Swift:
- Coste administrativo por el mensaje SWIFT MT760.
Comisión de confirmación (si ES internacional).
Coste de colateral:
- Si es cash collateral: inmovilización del 100%.
- Si es línea de crédito: consume capacidad financiera.
Costes legales y notariales.
Costes de monetización:
- El monetizador descontará un porcentaje significativo (entre el 10% y el 50% dependiendo del riesgo y la calidad del banco).
4. En donde se utiliza:
Se usa principalmente en:
- Construcción e infraestructura:
- Garantía de cumplimiento de obra.
- Garantía de anticipo.
- Comercio internacional:
- Operaciones de importación/exportación.
- Contratos de suministro.
- Energía y grandes proyectos:
- Licitaciones públicas.
- Proyectos EPC.
- Arrendamientos comerciales:
- Garantía de alquiler.
- Finanzas corporativas:
- Garantía de pago entre empresas.
- Inversores, generalmente institucionales:
- Fundaciones, Compañías de Seguros, Fondos de inversión y otros.
5.Bancos que suelen aceptarse:
Normalmente:
- Bancos europeos con RATING INVESTMENT GRADE.
- Bancos internacionales con corresponsalías activas.
- Instituciones supervisadas por reguladores fuertes.
No suelen aceptarse:
- Bancos pequeños offshore.
- Instituciones no calificadas.
- PRIVATE BANKING PLATFORMS.
6.Problemas principales que pueden surgir:
No transferibilidad:
- Muchas BG no son transferibles ni negociables.
Bloqueo de liquidez:
- Si el colateral es en efectivo, afecta gravemente al flujo de caja.
- La garantía reduce la capacidad de crédito del ordenante.
Riesgo de ejecución (Call):
- Si el beneficiario invoca la garantía injustamente, el banco pagará y luego cargará ese dinero al ordenante e inmovilizará el capital.
7.Problemas regulatorios:
Cumplimiento de:
- Normativas AML (Anti Lavado de Dinero).
- Regulaciones bancarias internacionales.
Costes ocultos:
- Muchos intermediarios cobran comisiones anticipadas (upfront fees) sin garantizar el resultado.
8. Principales señales de alerta:
El mercado secundario de BG es uno de los más usados en esquemas fraudulentos y se debe estar atento a elementos de las siguientes características:
Promesas de retorno fijo y elevado (ej. 5% mensual):
- No existen programas bancarios que paguen rentabilidad garantizada sobre BG.
“Trading Platform privada”:
- No existe mercado secundario legítimo de BG negociadas.
Uso de MT799 como si fuera instrumento:
- Un MT799 NO es una garantía.
Bancos desconocidos o paraísos fiscales:
- Las BG reales provienen de bancos regulados y supervisados.
Solicitud de upfront fees elevadas:
- Comisiones anticipadas para “activar monetización”.
Alquiler o “leasing BG”:
- En banca tradicional no se “alquilan” garantías.
Problemas reales con el proyecto:
- No hay proyecto real detrás.
Redacción incorrecta del texto:
- Puede permitir ejecución abusiva.
Riesgo país:
- Inestabilidad política → ejecución estratégica.
Sanciones internacionales:
- Bloqueo por regulaciones AML.
Conflictos legales:
- Disputas sobre jurisdicción.
En la banca real, todo pasa por:
- Due diligence.
- Abogados.
- Auditoría.
- Contratos formales.
- SWIFT MT760 verificable.
9.Conclusión:
- Una BG es un instrumento sólido y legítimo cuando:
- Es emitida por un banco reconocido.
- Tiene un contrato subyacente real.
- Se usa para garantizar obligaciones reales, o se utiliza como inversión.
10.Diferencia con una SBLC:
Aunque son similares, tienen estructuras y usos distintos.
Si hiciésemos una comparativa entre la SBLC y la BG:
- Función Principal:
- SBLC: Actúa como un mecanismo de respaldo. El banco paga si el solicitante no cumple con una obligación de pago.
- BG: Garantiza el cumplimiento de una obligación (financiera o de rendimiento) y cubre pérdidas si no se cumplen los términos del contrato.
- Pago y Activación:
- SBLC: Se activa solo ante un incumplimiento de pago (fuente secundaria).
- BG: Puede activarse si el contrato no se cumple (ej. no finalizar una obra) y su ejecución suele ser más directa.
- Marco Legal:
- Uso Común:
- SBLC: Muy utilizada en comercio internacional de materias primas para asegurar pagos.
- BG: Común en licitaciones, contratos de construcción y proyectos (garantías de licitación, anticipo o fiel cumplimiento).
Diferencias clave:
| Aspecto | BG | SBLC |
| Marco legal común | URDG 758 | ISP98 o UCP600 |
| Uso principal | Garantía contractual | Garantía financiera |
| Popularidad | Europa / Asia | EE.UU. |
| Forma de reclamación | Declaración de incumplimiento | Presentación documental |
Ambos son instrumentos bancarios emitidos a través de SWIFT (generalmente MT760) para dar credibilidad y seguridad, pero la SBLC se enfoca en el “qué pasa si no me pagan“, y la BG en el “qué pasa si no cumplen“.
La BG puede ayudarte a cerrar financiación si tienes:
- Proyecto real
- Contratos reales
- Banco emisor sólido
- Documentación legal correcta
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