La forma de financiar películas en Europa ha evolucionado considerablemente en los últimos veinte años y España necesita adaptarse al mercado europeo e internacional, puesto que está en competencia directa con sus obras, y al mismo tiempo se abre a esos territorios, de manera que demanda:
- Financiación complementaria en el mercado internacional.
- Pre-ventas mundiales.
- Inversión privada.
- Incentivos fiscales.
- Estándares de control y riesgo a nivel mundial.
Una de las principales herramientas que dan seguridad a la inversión y/o la financiación es el COMPLETION BOND.
¿Qué es?
Un seguro o garantía de finalización para producciones audiovisuales.
Se realiza una evaluación del riesgo, desde el guion, al presupuesto, calendario de producción, presupuesto, la solidez financiera y también la del equipo técnico y artístico.
Durante todo el proceso, la aseguradora hace un seguimiento y control especialmente de las finanzas, y si surgen problemas (desvío del presupuesto, por ejemplo) toma el control para finalizar la película adecuadamente.
Los principales beneficiarios son los inversores y financiadores, de manera que entienden que su dinero está protegido, porque si algo sale mal recibirán todo lo que hayan puesto.
Igualmente, quien produce, porque sabe que con este seguro será aceptado por cualquier tercero.
¿Cuáles son sus ventajas?
- Se trabaja, de común acuerdo, con la productora, con el fin de evitar problemas durante todo el proceso de producción.
- Acerca el interés en la coproducción.
- Posibilita las preventas internacionales.
- Es una garantía financiera ya que vela por la aplicación de fondos de la forma adecuada.
- Es una garantía industrial (film bien planificado en tiempo y presupuesto).
- Atrae financiación privada y financiación internacional.
¿Qué protege?
- Exceso de rodaje como resultado de circunstancias impredecibles.
- Incapacidad del equipo o el talento de actuar adecuadamente.
- Minusvaloración del calendario de rodaje o de su presupuesto.
¿Cuál es la documentación solicitada para su aprobación?
- Presupuesto.
- Guion definitivo.
- Plan de rodaje.
- Derechos sobre la historia y acuerdos con los guionistas.
- Contrato con la productora.
- Identificación de la financiación.
- Cualquier acuerdo de financiación y distribución.
- Contratos del reparto principal, que no podrán incluir cláusulas con fechas de finalización (stop dates).
- Equipo y acuerdos con el equipo técnico artístico:
- Jefe de producción (line producer)
- Jefe de contabilidad (production accountant)
- Director/a.
- Equipo y acuerdos con el equipo técnico artístico:
- Carta de aprobación del guion por parte del director/a y declaración de haber examinado el plan de rodaje y de post-producción considerándolo, según sus mayores conocimientos, adecuado, sujeto a imprevistos y con depósito para film stock suficiente.
- Visita satisfactoria a localizaciones.
- Reunión de pre-producción con:
- Productor.
- Jefe de producción (line producer).
- Director/a.
- Jefes clave de cada departamento:
- Jefe de contabilidad (production accountant).
- Primer ayudante de dirección.
- Diseño de producción (production designer).
- Director de fotografía.
- Acuerdo con el plató y cualquier contrato referente a servicios de producción.
- Acuerdos de recolección de beneficios (agente “recolector” reconocido) y desembolsos de la explotación de la película.
- Firma del desglose detallado de las necesidades de cada departamento por parte de sus responsables para apoyar las partidas financieras del presupuesto aprobado.
¿Qué otros aspectos hay que tener en cuenta?
Especial atención a:
- La contingencia (en un 10% del presupuesto) existe como medida para proveer de fondos económicos a gastos imprevistos.
- La contingencia no consiste en un fondo discrecional para costes no incluidos en el presupuesto. En el caso de que surjan gastos imprevistos durante la pre-producción, producción o post-producción, será obligación del productor notificarlos inmediatamente al asegurador.
- Asignación del presupuesto que cubra el seguro íntegro, incluyendo un seguro de errores y omisiones.
- Se requerirá tener acceso al documento acreditativo de cobertura (resguardo provisional del seguro mientras se tramita este).
- Cualquier baja en el seguro impuesta por los aseguradores en el documento acreditativo emitido supondrá también una exclusión de responsabilidad de la aseguradora del seguro de finalización.
- No se tiene responsabilidad sobre excedentes por fluctuaciones de moneda.
¿Qué obligaciones tiene la productora?
- Informes diarios sobre el progreso hecho y comunicados semanales de costes de todo tipo, además de los financieros y gastos, junto con balances provisionales.
- La tarifa del completion bond se pagará el primer día de rodaje o en la fecha en la que todos los documentos estén listos.
- La productora se hará responsable de todos los impuestos, y serán registrados en mensualidades.
- Inclusión de Partida de Contingencia (10%).
¿Hay algún tipo de beneficio por el cumplimiento absoluto y sin problema alguno?
Reembolso parcial de la tarifa desembolsada a través de un bonus de “no reclamaciones” y tras la firma del informe modelo de salida/estreno (release form) de la aseguradora.
¿Cuál es el protocolo de trabajo en la asignación?
- Solicitud de documentación según modelo.
- Estudio preliminar sobre la viabilidad del proyecto a través de comisión de riesgos.
- Necesidad de comisión cualificada de análisis de riesgo.
- Establecimiento de riesgo.
- Adecuación del proyecto al seguro, informando la aseguradora de los cambios que se deben hacer para ser aceptable.
- Presentación al detentador del producto (aseguradora).
- Establecimiento de fee y firma del contrato.
- Asignación del completion bond.
- Firma del contrato.
¿Cuál es su coste?
El coste suele oscilar entre el 3% y el 5% del presupuesto total de la producción, aunque este porcentaje puede variar significativamente al ser un coste negociable y depender de la evaluación de riesgos por parte del garante de cierre.
¿Quién lo ofrece?
La cobertura viene dada por alianzas con corredurías de seguros en UK (Londres), USA (New York y Los Ángeles), Canadá y sus delegaciones en otros países.
En España es un producto emergente y menos consolidado que en otros mercados, por lo que es importante investigar y contactar con expertos para entender las particularidades de su implementación.
En España se presentó en febrero de 2005 (dentro de la Berlinale), en un acuerdo exclusivo con MARSH (Primera firma mundial en Consultoría de Riesgos y Correduría de Seguros), junto a CINEVENT, contando con la colaboración de actuales integrantes de TODO ES SINGULAR, siendo un producto pionero en aquel momento por sus características:
- Producciones a partir de 1,5 millones de euros.
- Producciones españolas o en coproducción.
- Junta consultiva formada por profesionales nacionales e internacionales.
- Coste: entre 2 y 4 % del presupuesto.
- Ayuda: i2i Media. Subvención de hasta un máximo del 50% (con límite) de gastos financieros y de completion bond.
Y, sin embargo, en su época no tuvo aceptación en la industria porque:
- Las productoras locales consideraban que era un gasto financiero adicional innecesario.
- Se desconocía su funcionamiento y utilidad.
- Las aseguradoras consideraban que no se daba el rigor suficiente en el control de la producción en el país.
- La industria audiovisual española acepta de mala gana la intervención exterior, tanto en tutela como en control de cuentas.
- Había un desconocimiento del producto por parte de las entidades financieras locales.
¿Qué obligaciones tiene respecto a otros seguros?
Se obliga a la contratación de:
SEGURO DE TODO RIESGO AUDIOVISUAL (ALL RISK)
Incluye:
- Responsabilidad Civil Patronal (Seguro a empleados en caso de lesión, enfermedad o muerte derivada del trabajo).
- Responsabilidad Civil (convencional y locativa) con una cobertura límite de entre 1,25 millones a 2 millones de euros (máximo).
- Andamios y decorados (también para edificios protegidos).
- Material técnico (Seguro sobre el alquiler de equipos).
- Reparto (interrupción de rodaje).
- Contenido de despacho de producción.
- Gastos adicionales.
- Bienes confiados.
- Efectivo
SEGURO ERRORES Y OMISIONES (E&O):
Cubre producción si es demandada por libelo, difamación, incumplimiento del copyright, invasión de privacidad, uso no autorizado de marcas, slogans, etc…
Sólo se contrata por aquellas producciones que tienen expectativas de poder ser comercializadas para los USA, o tener involucrada en su comercialización alguna compañía norteamericana, pues lo exigen.
¿Ha llegado el tiempo de su implementación?
Si. Han pasado, como decíamos, más de 20 años, y ahora en una necesidad, que se ha ido entendiendo si se quiere acceder al mercado del dinero global.
En TODO ES SINGULAR te ayudamos a conseguir el COMPLETION BOND.
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