Es bastante habitual encontrarse que una persona que se inicia como empresaria tenga ciertas carencias respecto a los términos que de forma habitual se utilizan a nivel empresarial, o en su relación con las finanzas y el mundo fiscal.
Algo absolutamente normal, de la misma manera que otra cualquiera puede desconocer la especialización de su trabajo: Zapatero a tus zapatos.
La llegada, por ejemplo, de las ayudas que emanan de Europa, el acceso a subvenciones públicas, o la necesidad de hablar el mismo lenguaje del mundo de la inversión, obligan a que exista un diccionario, al menos básico, que permita ir, poco a poco, familiarizándose con esos términos.
Desde SINGULAR proponemos ir desarrollándolo, y según vuestras peticiones, para que os facilite la operatividad en vuestros negocios:
Activo contable:
- Bien o derecho, ya sea tangible o intangible, que tiene valor financiero y se encuentra bajo la propiedad de una persona o empresa, registrándose en los balances contables formando el haber.
- A través de los activos se obtienen las ganancias de la empresa.
Activo fijo:
- Aquellos activos que no pueden convertirse en líquidos (dinero) a corto plazo porque perderían gran parte de su valor en la venta, y que son necesarios para el funcionamiento de la empresa.
- Son bienes activos fijos los inmuebles, maquinaria, material de oficina, las inversiones en acciones, bonos y valores.
- Los activos fijos tangibles son aquellos que pueden ser tocados (terrenos, edificios, maquinaria…)
- Los activos fijos intangibles son aquellos que no pueden ser tocados (derechos, marcas, patentes…)
Amortizable:
- Se refiere a la disminución de valor constante o periódico, por el transcurso del tiempo, uso, deterioro natural o causas ajenas a los cambios en los precios de los bienes o derechos que constituyen el activo, y en la medida que no puede evitarse su disminución de valor por reparación o conservación.
Aportaciones no dinerarias:
- La aportación de bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica, sin serlo a priori, como es el caso de trabajos o servicios.
Bienes de inversión:
- Los bienes corporales, MUEBLES, SEMOVIENTES o inmuebles que, por su naturaleza y función, estén normalmente destinados a ser utilizados por un período de tiempo superior a un año como instrumentos de trabajo o medios de explotación.
Cifra de negocio:
- Cifra total de ingresos de una sociedad en un periodo determinado.
Concesión administrativa:
- Un otorgamiento de una Administración Pública de un derecho de explotación de bienes y servicios en un determinado tiempo y sobre bienes de servicio público (por ejemplo, el uso, aprovechamiento, explotación de instalaciones; construcción de obras, de infraestructuras públicas, etc.) a una PERSONA FÍSICA o JURÍDICA para la prestación del servicio referidos a esos bienes, por un tiempo y una remuneración pactada.
Concurrencia competitiva:
- Un procedimiento abierto a todos aquellos que cumplen las mismas condiciones exigidas.
- El procedimiento se hace público con anterioridad.
- Una vez comparadas las diferentes ofertas se elige la más conveniente según el cumplimiento de las condiciones exigidas.
Cuota íntegra:
- El resultado de aplicar el tipo de GRAVAMEN A LA BASE LIQUIDABLE.
- Puede verse disminuida por deducciones, incentivos o bonificaciones, para obtener la CUOTA LÍQUIDA sobre la que se tributa.
Empresa de Dimensión Reducida:
- Las sociedades cuyo importe neto de la cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior sea igual o inferior a 10 millones de euros:
- No aplicable en el caso de considerarse una ENTIDAD PATRIMONIAL.
- En caso de ser ENTIDAD DE NUEVA CREACIÓN, el importe será el del primer PERÍODO IMPOSITIVO en el que desarrolle efectivamente la actividad.
- Si el periodo impositivo anterior o la actividad tuviese una duración inferior a un año, el importe neto se elevará a un año.
- Cuando la entidad forme parte de un GRUPO DE SOCIEDADES, por vinculación directa o indirecta, el importe neto será el del conjunto de entidades del grupo (teniendo en cuenta las eliminaciones e incorporaciones según aplicación contable).
- Igualmente se considerará el grupo de entidades en las que sean socios una persona física, conjuntamente con cónyuge o vinculo de parentesco con otras.
- Número de empleados: Inferior a 50 empleados.
Establecimiento permanente:
- Todas las instalaciones o lugares de trabajo, en los que, de forma continuada o habitual, realice toda o parte de su actividad una persona o empresa, con potestad para contratar, en nombre y por cuenta de dicha o entidad.
Inmovilizado tangible:
- Los elementos patrimoniales tangibles, muebles o inmuebles. Se trata, por tanto, de bienes que se utilizan en la actividad permanente y productiva de la empresa, que tienen por lo general una vida útil predeterminada, que trasciende la duración de un ejercicio económico, condicionada por el desgaste y la evolución tecnológica, y que no están destinados, en un principio, a la venta.
Inmovilizado intangible:
- Los derechos susceptibles de valoración económica, identificables, que tienen carácter no monetario y carecen de apariencia física.
- Los criterios de valoración del inmovilizado intangible se recogen en las NORMAS 5 Y 6 DEL PGC 07.
- La norma 5 establece la valoración inicial y posterior.
- La norma 6 regula las normas particulares sobre el inmovilizado intangible.
Pasivo contable:
- Un pasivo es una deuda o un compromiso que adquiere una empresa, institución o individuo.
Sujeto pasivo:
- La persona, física o jurídica, que está obligada a pagar un impuesto.
Volumen de negocio:
- El importe de la venta de productos y de la prestación de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas, así como el Impuesto sobre el Valor Añadido (o IGIC en Canarias), y otros impuestos directamente relacionados con el volumen de negocios que deban ser objeto de repercusión.
Ponte en contacto con nosotros en hola@todoessingular.com, y pregunta sobre otros términos que puedan ser de tu interés.
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